martes, 4 de febrero de 2014

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS QUE DEBEN CANCELARSE EN LOS 3 PRIMEROS MESES DEL AÑO EN VENEZUELA

Conforme lo establece el artículo 133 de nuestra Constitución Nacional “Todos tienen el deber de contribuir con los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley”. Estos impuestos, tasas y contribuciones se encuentran establecidos en cuerpos normativos inscritos en leyes especiales tributarias, en las cuales se crea la obligación impositiva y se establecen los contribuyentes que estarán obligados a cumplirla, así como todo un esquema de control que coadyuva a la percepción dineraria por parte del sujeto activo, acreedor del tributo.
Impuestos o tributos: son erogaciones pecuniarias a favor del acreedor tributario y que está regido por el derecho público, es decir son pagos que los individuos y empresas tienen que realizar para financiar el estado con el fin de que en un momento dado el estado se los retribuya en servicios públicos.

¿Quién paga los Impuestos?

Quienes pagan los impuestos son todos los contribuyentes bien sea persona natural o jurídica. Según el Artículo 42º del Código Orgánico Tributario. Son contribuyentes los sujetos pasivos respecto de los cuales se verifica el hecho imponible de la obligación tributaria.

Dicha condición puede recaer:

1º En las personas físicas, prescindiendo de su capacidad según el derecho privado.
2º En las personas jurídicas y en los demás entes colectivos a los cuales otras ramas jurídicas atribuyen calidad de sujeto de derecho.
3º En las entidades o colectividades que constituyan una unidad económica, dispongan de patrimonio y tengan autonomía funcional.
Artículo 23º Los contribuyentes están obligados al pago de los tributos y al cumplimiento de los deberes formales impuestos por este Código o por normas especiales.

Tipos de Impuestos

  • Municipales: tributos que el Poder Municipal exige a los contribuyentes en ejercicio de su poder de imperio, con el fin de obtener recursos para financiar el gasto público.
  • Estadales: tributos que el Poder Estadal exige a los contribuyentes en ejercicio de su poder de imperio, con el fin de obtener recursos para financiar el gasto público.
  • Nacionales: tributos que el Poder Nacional exige a los contribuyentes en ejercicio de su poder de imperio, con el fin de obtener recursos para financiar el gasto público.

A continuación les informamos sobre aspectos básicos de los principales tributos municipales, estadales y nacionales  que existen en nuestro país.

MUNICIPAL:

ü  Impuesto Sobre Actividades Económicas

¿En qué consiste este impuesto?

El impuesto sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar se causa por la realización de actividades comerciales, industriales, financieras, bursátiles o ser servicio de carácter comercial u otras que se encuentran establecidas en el respectivo clasificador de actividades de cada ordenanza del municipio en cuya jurisdicción está ubicada la empresa (cada ordenanza municipal incluye su propio clasificador de actividades, cuyas alícuotas impositivas varían de un municipio a otro).

¿Quiénes están sujetos al pago de impuestos sobre las actividades económicas?

Es contribuyente toda persona natural o jurídica que realice habitualmente actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar, con fines de lucro, dentro de la jurisdicción del Municipio.

¿Cómo se calcula el impuesto?

La base imponible para el cálculo del impuesto será el monto de los ingresos brutos efectivamente percibidos durante el ejercicio fiscal correspondiente, por el desarrollo de actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar en jurisdicción del Municipio.
Las alícuotas impositivas o porcentajes aplicables, dependen del clasificador de actividades que acompaña cada ordenanza vigente en la jurisdicción correspondiente a cada municipio, pudiendo ir desde un 0,15% hasta 10% del ingreso bruto.
También se debe considerar que los respectivos municipios establecen un monto mínimo tributable expresado en unidades tributarias, de manera tal que, el contribuyente pague el monto mayor, entre el impuesto así calculado, y el monto mínimo establecido en la ordenanza, el que más beneficie al municipio en cuestión.

ü  Impuesto Municipal Sobre Inmuebles Urbanos

¿En qué consiste este impuesto? 

El impuesto sobre inmuebles urbanos se paga sobre la propiedad u otros derechos reales sobre bienes inmuebles urbanos ubicados dentro de la jurisdicción del respectivo municipio.

¿Quiénes están sujetos al pago de impuestos sobre inmuebles urbanos?

Se considera contribuyente a toda persona natural o jurídica propietaria de un inmueble urbano. En caso de una comunidad, cada uno de los comuneros en forma solidaria.

¿Cómo se calcula el impuesto?

El impuesto se fija por anualidades, cuya liquidación será efectuada el 1 de Enero de cada año y los contribuyentes deberán efectuar el pago trimestralmente. Por lo general, a los contribuyentes que cancelen la anualidad completa durante los primeros Noventa (90) días de cada año, los Municipios les otorgan un descuento del 15% al 20% sobre el total del monto del impuesto a pagar.
La base imponible de este impuesto será equivalente al valor catastral del inmueble fijado por la autoridad de Catastro Municipal, de conformidad con las bases de cálculo previstas en la planta de valores de la tierra y la tabla de valores de la construcción, las cuales se encuentran contenidas en el Anexo Único que forma parte integrante de la Ordenanza. En ningún caso, el valor fijado según lo señalado anteriormente podrá ser superior al valor del mercado.
El monto del impuesto anual para los inmuebles urbanos lo determinará la autoridad de Catastro Municipal conforme a la planta de valores de la tierra y la tabla de valores de la construcción, dependiendo del uso que se le dé al inmueble.

ü  Impuesto Municipal Sobre Vehículos

¿En qué consiste este impuesto?

El impuesto sobre vehículos grava la propiedad de vehículos automotores, o unidades  de transporte no automotores.

¿Quiénes están sujetos al pago de impuestos sobre vehículos?

Se considera contribuyente a toda persona natural o jurídica residente o domiciliada en la jurisdicción del municipio respectivo que sea propietario de un vehículo.

¿Cómo se calcula el impuesto?

El impuesto sobre vehículos se calculará anualmente y depende el tipo de vehículo, su uso, año de fabricación, peso, establecida por la ordenanza del respectivo municipio. Las alícuotas están expresadas en unidades tributarias, y pueden ir de 0,25 para vehículos particulares,  hasta más de 21 UT para vehículos de transporte.

Impuesto Municipal Sobre La Publicidad Comercial

¿En qué consiste este impuesto?

El impuesto grava la publicidad comercial que sea editada, exhibida, transmitida o distribuida en la jurisdicción del municipio respectivo.

¿Quiénes están sujetos al pago de impuestos sobre la publicidad comercial?

Se considera contribuyente a toda persona natural o jurídica residente o domiciliada en la jurisdicción del municipio respectivo, que realice actividades de anuncio o mensaje divulgado por cualquier medio destinado a dar a conocer, promover o informar sobre productos, espectáculos, servicios, empresas o establecimientos mercantiles similares, con el fin de atraer en forma directa o indirecta a compradores, consumidores o usuarios de los mismos.

¿Cómo se calcula el impuesto?

Los montos a pagar, generalmente vienen expresados en porciones de Unidad Tributaria, dependiendo del tipo de publicidad establecida en la ordenanza. También se establecen condiciones y regulaciones a la publicidad sujeta al impuesto. Las alícuotas pueden ir desde 0,25 UT hasta 5 UT dependiendo de la jurisdicción del municipio del cual se trate.

ESTADAL:

ü  LOCTI (Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación.  ) Es una ley que obliga a algunas empresas a realizar un gasto en ciencia, tecnología e innovación cada ejercicio fiscal.

¿Por qué se obliga a la empresa privada a realizar este gasto?

El origen de esta obligación tiene que ver con el origen de la LOCTI, que está en el Artículo 110 de la Constitución
“El Estado reconoce el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el Estado destinará recursos suficientes y creará el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología de acuerdo con la ley. El sector privado deberá aportar recursos para los mismos. El Estado garantiza el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanística y tecnológica. La ley determinará los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía.”

¿DESDE CUÁNDO HAY QUE CUMPLIR CON LA LOCTI? 

A partir del 1 de Enero del 2006 las empresas que califican deben cumplir con la ley realizando inversiones y aportes.

¿QUÉ EMPRESAS DEBEN CUMPLIR CON LA LOCTI?

 En general, las grandes empresas… Aquellas que tengan ingresos brutos anuales  superiores a  cien mil unidades tributarias (100.000 U.T.) según la última declaración del Impuesto Sobre La Renta. Esto se estipula en los artículos 35, 36 y 37 de la LOCTI. En general, empresas que acometen grandes proyectos.

¿Cómo se calcula el monto a invertir/aportar?

- Se calcula tomando como base los ingresos brutos del ejercicio económico anterior al que corresponda cumplir con la obligación de aportar o invertir (Art.12 del Reglamento Parcial LOCTI).

¿Cuándo se debe pagar?

Durante los tres primeros meses después del cierre económico.


NACIONAL:

El Impuesto sobre la Renta (ISLR) es un Impuesto que se le paga al estado venezolano (a través del Seniat) sobre las ganancias obtenidas en el año fiscal. El Impuesto sobre la Renta (ISLR) es un Impuesto que se le paga al estado venezolano (a través del Seniat) sobre las ganancias obtenidas en el año fiscal.
Artículo 1. Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, causarán impuestos según las normas establecidas en esta Ley. Salvo disposición en contrario de la presente Ley, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en la República Bolivariana de Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la causa o la fuente de ingresos este situada dentro del país o fuera de él.

¿Qué es el I.S.L.R.?

Es aquel que grava la totalidad de la renta o los elementos de la renta. Incluye los impuestos sobre las ganancias derivadas sobre la enajenación de bienes muebles o inmuebles, los impuestos sobre los sueldos y salarios, así como los impuestos sobre plusvalías.

¿Quiénes son contribuyentes?

Toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en Venezuela, así como las personas naturales o jurídicas domiciliadas o residenciadas en el extranjero que tengan un establecimiento o una base fija en el país.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración de I.S.L.R.?

Las personas naturales cuando hayan obtenido rentas netas (son aquellas que se obtienen de restar a los ingresos brutos, los costos y deducciones permitidos por la Ley) superiores a 1.000 Unidades Tributarias (UT), o ingresos brutos (son aquellos que están constituidos por el monto de las ventas de bienes y servicios en general, de los arrendamientos y de otros ingresos regulares o accidentales, tales como los producidos por el trabajo bajo relación de dependencia o por el libre ejercicio de profesionales no mercantiles) superiores a 1.500 UT.

¿Cuál es la oportunidad para presentar la declaración de I.S.L.R.?

La declaración debe presentarse dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal, salvo para aquellos contribuyentes que tengan un calendario especial de actividades debidamente notificado por la Administración Tributaria.
Para las personas naturales el plazo vence el 31 de marzo de cada año, es decir, dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal, el cual coincide con el año civil calendario.

Es importante recordar que el ejercicio anual gravable, en el caso de las personas jurídicas que se dediquen a actividades comerciales, industriales o de servicios, puede ser el año civil u otro período de doce meses, elegido.

¿Dónde presentar la declaración del I.S.L.R.?



La declaración puede presentarse electrónicamente a través de la página www.seniat.gob.ve

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